jueves, 27 de septiembre de 2012

DERECHOS LABORALES



Estimadas compañeras y estimados compañeros: Respetuosos saludos. Una sentencia judicial a favor de un trabajador de la empresa privada, por parte de la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia. ¡Impresionante! Un juicio que llevó nuestro compañero abogado Jorge Barboza, del sindicato hermano SITRAP, integrante de la Central Social Juanito Mora Porras (CSJMP). A hablar con el compañero Didier Leitón Valverde, Secretario General de SITRAP, nos indicó de que con este son ya varios los casos fallados a favor de trabajadores y haciendo valer la Libertad Sindical en las empresas privadas. Nosotros felicitamos a SITRAP por este gran logro. Agradeceríamos a SITRAP y, particularmente, al compañero Jorge, si nos pueden hacer un recuento de los casos que como éste han llevado y ganado, pues nos interesa preparar un artículo semanal para Diario Extra sobre este tema. Anticipadas gracias. Servidor atento, Albino.


La Prensa Libre - sábado 22 de setiembre de 2012


EMPRESA AGRÍCOLA DESPIDIÓ A PEÓN POR AFILIARSE A SINDICATO

• Sala Segunda lo confirmó tras largo proceso

La Sala Segunda ordenó la reinstalación y el pago de los derechos laborales solicitados por un trabajador agrícola del cantón de Pococí, quien fue despedido de la empresa en la que laboraba en el año 2008 por haberse unido a un sindicato de su gremio.
En la denuncia presentada, el trabajador indicó que prestó sus servicios como peón de cosecha para la empresa agrícola desde mayo de 2005, pero este alegó que en setiembre de 2007 se afilió al Sindicato de Trabajadores de Plantaciones Agrícolas, manteniendo oculta su situación “por la actitud antisindical” que se dio a principios de ese año.
El hombre explicó que el sindicato en agosto de 2008 intentó en varias oportunidades comunicarle a la empresa su afiliación y la de otros seis trabajadores más, sin embargo, no les permitieron el ingreso, por lo que interpusieron la deniuncia respectiva ante el Ministerio de Trabajo.
Días después, el trabajador fue llamado por el capataz de la empresa para informarle su despido por su pertenencia al sindicato, ante esta situación alegó en la denuncia que se declarara la nulidad e ineficacia del asunto, que se le reconociera su récord laboral desde el 23 de mayo de 2005, se le reinstalara en su puesto en las mismas condiciones en las que laboraba, así como el pago de los días no laborados y los derechos derivados del salario, hasta su efectiva reinstalación.
Según indica el Tribunal, “la compañía demandada argumentó que el despido se debió a una reorganización del personal por un pico bajo de producción, al igual que se procedió con más de 100 trabajadores y rechazaron que el despido se diera por la afiliación del trabajador al sindicato, pero no aportaron material probatorio”. El juzgado rechazó la demanda en todos sus extremos y el actor apeló la resolución.
Por último, el Tribunal de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, revocó el fallo recurrido y declaró nulo el despido, ordenando todo lo que el trabajador pedía y el pago de los salarios y aguinaldos dejados de percibir desde el rompimiento de la relación laboral.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Gracias por su interes...