martes, 24 de marzo de 2015

Las Multas a los Patronos !!!



Diputados promueven proyecto para fortalecer inspección
Trabajo multaría faltas laborales de los patronos

POR Aarón Sequeira / aaron.sequeira@nacion.com - Actualizado el 24 de marzo de 2015 a: 12:00 a.m. 

Actualmente, solo es posible imponer las sanciones luego del trámite judicial

El Ministerio de Trabajo podría multar directamente a los patronos por las faltas laborales que cometan en perjuicio de sus empleados, una vez aprobado un proyecto de ley que se discute en el Congreso.
La iniciativa fue elaborada en conjunto por las diputadas Sandra Piszk, de Liberación Nacional, y Patricia Mora, del Frente Amplio, e impulsa el fortalecimiento de la Dirección de Inspección de Trabajo.
El proyecto de ley recibió el dictamen afirmativo de la Comisión de Asuntos Sociales del Congreso la semana anterior y está listo para el trámite de discusión en el plenario.
Actualmente, la entidad no puede castigar a los patronos que violen las leyes laborales. La única forma de que se imponga un castigo a un patrono es a través de un proceso judicial.
Piszk, legisladora liberacionista y exministra de Trabajo, dijo que, por ahora, los inspectores tienen que hacer más de una visita antes de aprobar una sanción, mientras con la reforma legal, solo hace falta una inspección para determinar si un patrono incumple sus obligaciones con los trabajadores.
“Durante mi gestión, se hizo un estudio de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) que determinó que la duración de los juicios laborales es de aproximadamente cinco años”, dijo la verdiblanca.
Además de lo engorroso de llevar los procesos laborales a sede judicial, Piszk señaló que actualmente las multas que se imponen son las más bajas, sin importar la infracción cometida.
Faltas graves. La diputada Patricia Mora explicó que la iniciativa conjunta establece un sistema de gradualidad de las faltas, para evitar que, para efectos de la inspección laboral, sea lo mismo no tener un botiquín que incumplir el pago del salario mínimo.
De esa forma, las faltas leves se castigarán con multas de entre un salario base (¢403.400) y siete salarios (¢2.823.800); las infracciones graves costarán de ocho salarios (¢3.227.200) a 15 salarios (¢6.051.000), y las faltas muy graves se castigarán con multas de 16 sueldos base (¢6.454.400) a 23 salarios (¢9.278.200).
Mora también manifestó que la creación de la sede administrativa para la sanción de las faltas acorta en años la resolución sobre violaciones a los derechos de los trabajadores.
“La ley solo permitirá acudir a la vía judicial en caso de que el patrono apele la decisión de la Dirección Nacional de Inspección de Trabajo”, dijo Mora.
La iniciativa también recibió el apoyo, en la Comisión de Sociales, de Emilia Molina, del Partido Acción Ciudadana; Mario Redondo, de la Alianza Demócrata Cristiana, y Carmen Quesada, del Movimiento Libertario.
Quesada destacó que, aprobada la reforma legal, la Inspección de Trabajo estará obligada a fiscalizar las condiciones laborales de los empleados durante las 24 horas del día, para revisar el cumplimiento de la ley en los horarios nocturnos.
La iniciativa establece la prohibición a los inspectores laborales para dejar sin efecto un procedimiento administrativo, una vez que se haya presentado, con el fin de cumplir con la transparencia en la gestión.

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